Qué es VeriFactu, en cristiano
Qué cambia en tus facturas, qué tienes que hacer tú y qué es ruido. Cinco minutos y ya lo sabes.
Las fechas, sin adornos
Esa es la fecha en la que las facturas de quien trabaja por su cuenta tienen que hacerse ya con un programa que cumpla las reglas de VeriFactu. Ni antes te obliga nadie, ni después hay margen.
El calendario ya se ha retrasado dos veces. Miramos esta página cada vez que sale algo nuevo y aquí abajo queda escrito qué cambió y cuándo.
Los que hacen los programas
29 de julio de 2025
Desde ese día, un programa de facturación solo se puede vender si cumple las reglas. Esta parte ya está en vigor y no se ha movido con los retrasos.
Sociedades
1 de enero de 2027
Las SL y demás sociedades que pagan el Impuesto sobre Sociedades tienen que facturar así desde ese día.
Autónomos
1 de julio de 2027
Todos los demás: quien trabaja por su cuenta, con o sin empleados, y las comunidades de bienes. Es la fecha que te toca a ti.
Las reglas están en el Real Decreto 1007/2023 y en la orden que dice cómo se hace por dentro, la HAC/1177/2024. Ahí es donde pone qué tiene que llevar una factura y cómo se le manda a Hacienda.
Las fechas de arriba son las del segundo retraso, aprobado en el Real Decreto-ley 15/2025 y publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025. Antes de ese retraso los autónomos entraban en julio de 2026.
Lo decimos porque conviene saberlo: este calendario se ha movido dos veces ya. Podría volver a moverse, y si pasa lo cambiamos aquí el mismo día.
Puedes, no pasa nada legalmente. Pero la última semana de junio de 2027 va a haber mucha gente cambiando de programa a la vez, y las gestorías van a estar hasta arriba. Empezar antes tiene una ventaja aburrida: llegas a la fecha sin enterarte, porque llevas meses facturando igual.
La norma prevé sanciones tanto para quien vende programas que no cumplen como para quien los usa una vez le toca la fecha. No vamos a ponerte cifras de multas para asustarte: la parte que te interesa es que lo que se te pide es facturar con un programa que cumpla, y eso está resuelto en cuanto lo haces.
En julio: el 1 de julio de 2027. El 1 de enero de 2027 es para las sociedades. Si tienes una SL, aunque trabajes solo en ella, vas por la fecha de enero.
Sí, y muchos lo hacen. Facturar así antes de tiempo es legal y no tiene ninguna pega: cuando llegue la fecha, tú ya llevas meses haciéndolo.
No con estas fechas. Allí hay otras normas y otro sistema propio, con su calendario aparte. Nosotros no cubrimos esos territorios y preferimos decírtelo ahora que en el alta.
No hay mínimo. No depende de cuánto factures, sino de que emitas facturas. Si haces facturas, te toca.
La fecha es la misma. Cómo pagas tus impuestos y cómo tienes que emitir las facturas son dos cosas distintas, y esto va de lo segundo.
Se ha retrasado dos veces, así que nadie puede jurar que no. Lo que no cambia es que va a llegar, y prepararse antes no se pierde si la fecha se mueve.
FacturaBien se está construyendo justo para esa fecha, y se puede ir usando desde antes. Si quieres que te avisemos cuando puedas entrar y hacer tu primera factura, déjanos el correo aquí abajo y te escribimos una sola vez.
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