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Para fotógrafos y videógrafos

La factura de la boda, con la retención ya descontada

Cuando facturas a una empresa te retienen una parte y te ingresan menos de lo que suma la factura. No es un descuento ni un error: es dinero tuyo que la empresa le adelanta a Hacienda a tu nombre. Aquí sale puesto y ves desde el principio lo que te van a ingresar.

Lo que tiene tu forma de cobrar

La retención que aparece y desaparece

Si facturas a una agencia o a una empresa, te retienen. Si facturas a los novios, no. La misma persona, dos facturas distintas, y hay que acertar en cada una.

La reserva que se cobra medio año antes

El anticipo de la boda se cobra en enero y el reportaje es en julio. El anticipo también lleva su factura, con su fecha.

Sesión, edición y copias en la misma factura

Las horas de cámara, la edición y el álbum impreso son líneas distintas del mismo trabajo. El cliente quiere verlo desglosado.

La cesión de derechos que hay que dejar escrita

Qué puede hacer el cliente con las imágenes se escribe en la factura, en una línea o en el concepto, y así queda dicho por escrito.

Los impuestos de una factura tuya

La fotografía lleva el IVA general y, además, es una actividad con retención: cuando el que te paga es una empresa o alguien que trabaja por su cuenta, te descuenta el IRPF de la factura y lo ingresa él. Si te acabas de dar de alta, esa retención puede ser del 7% durante los primeros años en vez del tipo general.

  • A un particular, como los novios de una boda, no se le pone retención: te paga la factura entera.
  • La retención se resta después del IVA y no cambia lo que el cliente declara: solo cambia lo que te ingresa a ti.
  • El total de abajo es lo que te llega a la cuenta, no lo que suma el trabajo, y por eso conviene enseñar los dos.

La retención que sale aquí es la de quien factura por su cuenta: con una S.L., tus facturas no llevan retención de IRPF.

En Canarias esta misma factura no llevaría IVA sino IGIC, el impuesto que se usa allí en su lugar, al 7 %. En Ceuta y Melilla el que se aplica es el IPSI.

Una factura tuya de verdad

Un reportaje para una empresa, con álbum. Al ser empresa, lleva retención:

Factura para

Bodegas Ribera Alta SL

Reportaje de producto y edición

Ejemplo de factura de fotografía
ConceptoCantidadPrecioImporte
Sesión de fotografía de producto, jornada completa1950,00 €950,00 €
Edición y retoque, 40 imágenes406,00 €240,00 €
Suma de los conceptos
1190,00 €
IVA (21 %)
249,90 €
IRPF que te retiene tu cliente (15 %)
−178,50 €
Te ingresan
1261,40 €

Preguntas

¿Cuándo tengo que poner retención y cuándo no?

Cuando quien te paga es una empresa o alguien que trabaja por su cuenta, sí. Cuando es un particular, no. Al elegir el cliente ya sabemos cuál de los dos es y la factura sale como toca.

¿Puedo poner el 7% de los primeros años?

Sí. Es un tipo reducido que corresponde a quien acaba de empezar la actividad. Lo eliges tú y la factura lo aplica, y si tienes dudas de si te toca, pregúntale a tu gestor una vez y ya lo dejas puesto.

¿Cómo facturo el anticipo de una boda?

Como una factura normal con la fecha del día que cobras y el concepto del anticipo. Después, cuando entregas el trabajo, facturas lo que queda.

¿Puedo mandar antes un presupuesto con las opciones?

Sí, y es lo habitual en bodas. Mandas el presupuesto en PDF y, cuando te dicen que sí, se convierte en factura sin volver a escribir las líneas.

¿Las facturas salen con mi marca?

En cuanto dejas el plan gratis, sí: con tu logo y tus colores, sin ninguna línea nuestra. En el plan gratis llevan una línea al pie diciendo que están hechas aquí.

Si llevas un año peleando con una plantilla que no descuenta bien la retención, haz aquí la próxima y compárala.

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